miércoles, 1 de octubre de 2014

Presten atención a las siguientes obligaciones


¿Tienes macostas en tu casa?

Si tu respuesta es sí, entonces presta atención a las siguientes obligaciones que debes de tener en cuenta:

Los propietarios y tenedores de animales de compañía han de atender, entre otras, a las siguientes normas:

 Obligaciones
  • Deben poner a disposición del animal un alojamiento adecuado a sus necesidades, proporcionándole las atenciones precisas y gaarantizando la ausencia de problemas o riegos higiénicos y sanitarios, tanto para el animal como para su entorno.
  • Deben adoptar las medidas que resulten necesarias para evitar que los animales puedan infundir temor, suponer peligro o amenaza, u ocasionar molestias a las personas.
  • En los lugares cerrados donde existan perros sueltos deberán advertirse su presencia en lugar visible.
  • Queda expresamente prohibida la permanencia continua de animales en terrazas o patios y en el interiror de vehículos, así como tener animales en solares y en lugares en los que no pueda ejercerse la adecuada vigilancia.
  • Es obligación del propietario o tenedor en su caso, cumplir la normativa vigente en materia de prevención de enfermedades, incluida la vacunación antirrábica anual, obligatoria en perros desde los 3 meses de edad.

http://www.madrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.69f5b7528325ebcc48f549f59fc08a0c/?vgnextoid=4cb3a0da2db8b010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=8db7566813946010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

No hay comentarios:

Publicar un comentario