¿Tienes macostas en tu casa?
Si tu respuesta es sí, entonces presta atención a las siguientes obligaciones que debes de tener en cuenta:
Los propietarios y tenedores de animales de compañía han de atender, entre otras, a las siguientes normas:
Obligaciones
- Deben poner a disposición del animal un alojamiento adecuado a sus necesidades, proporcionándole las atenciones precisas y gaarantizando la ausencia de problemas o riegos higiénicos y sanitarios, tanto para el animal como para su entorno.
- Deben adoptar las medidas que resulten necesarias para evitar que los animales puedan infundir temor, suponer peligro o amenaza, u ocasionar molestias a las personas.
- En los lugares cerrados donde existan perros sueltos deberán advertirse su presencia en lugar visible.
- Queda expresamente prohibida la permanencia continua de animales en terrazas o patios y en el interiror de vehículos, así como tener animales en solares y en lugares en los que no pueda ejercerse la adecuada vigilancia.
- Es obligación del propietario o tenedor en su caso, cumplir la normativa vigente en materia de prevención de enfermedades, incluida la vacunación antirrábica anual, obligatoria en perros desde los 3 meses de edad.
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